En este artículo le explicaremos cuales son las principales diferencias entre el registro de marca y el registro mercantil en Colombia.
Muchos empresarios aún conservan la errada creencia de que el registro mercantil tiene los mismos efectos jurídicos que el registro de marca.
En efecto, cada día recibimos más casos de empresarios que crean empresas o lanzan productos al mercado sin hacer una búsqueda formal para conocer si la expresión que identifica sus servicios o productos está libre y que, en el camino, se encuentran con graves problemas jurídicos por infringir derechos de propiedad intelectual de terceros.
Las principales diferencias entre el registro de marca y el registro mercantil son:
El registro mercantil consiste en la matrícula de los comerciantes y sus establecimientos de comercio. Por su parte, el registro de marca se constituye en un trámite, a través del cual se le concede a un empresario el derecho de exclusiva sobre un signo que sirve para distinguir productos o servicios en el mercado.
El registro mercantil se surte ante la Cámara de Comercio del domicilio respectivo de cada comerciante, mientras que el registro de marca se obtiene en la Superintendencia de Industria y Comercio.
El registro mercantil es un trámite obligatorio para todos los comerciantes. Entretanto, el registro marcario es un trámite potestativo de cada empresario que esté interesado en proteger su marca, como activo principal de su empresa.
Al efectuar el registro mercantil de una persona jurídica es obligatorio asignarle un nombre, razón o denominación social, que no puede ser idéntico al de otra empresa previamente registrada; dicho nombre es un atributo de la personalidad jurídica. De otro lado, el registro de marca recae sobre palabras, imágenes, figuras, símbolos, gráficos, logotipos, monogramas, retratos, etiquetas u otros signos que sirven para identificar productos o servicios y, por ley, no deben existir marcas idénticas o similares para amparar productos o servicios idénticos o conexos, ya que se generaría riesgo de confusión en el mercado.
El registro mercantil de empresas o establecimientos de comercio no otorga derechos de exclusiva en cuanto al uso de una expresión. En cambio, a través del registro de marca el estado le otorga la exclusividad o el monopolio de un signo a un empresario.
Consulte si su marca está registrada o inicie un proceso de registro de marca:
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) recomienda realizar los siguientes pasos para solicitar un registro de marca en Colombia:
1. Escoger la marca a registrar.
El empresario debe seleccionar un signo que sea un buen identificador para los productos o servicios que pretende amparar con su marca. Es importante que la marca seleccionada no sea genérica, descriptiva o engañosa. Por ejemplo: No se puede registrar la marca “IBUPROFENO” para amparar medicamentos o la marca “CICLA” para amparar bicicletas, pues dichas palabras son genéricas o designaciones usuales de tales productos.
2. Verificar la clase de productos o servicios que identificará su marca.
Ingrese a la clasificación TMclass, que es usada oficialmente por la SIC. Allí podrá encontrar, de forma detallada, los productos y/o servicios que pretende identificar con su marca y la clase a la que corresponden.
3. Consultar los antecedentes marcarios.
La búsqueda puede realizarse en la base de datos de la SIC (SIPI). Sin embargo, por la dificultad en interpretar los resultados, es altamente recomendable realizar la consulta a través de un abogado experto en marcas.
No recomendamos acudir a páginas en Internet que ofrecen búsquedas gratuitas de antecedentes marcarios, pues, en muchas ocasiones, el servicio prestado no es de buena calidad o se limita a presentar resultados de la búsqueda exacta del signo de su interés, sin considerar marcas parecidas o en clases conexas.
Realice una búsqueda de antecedentes de la marca de su interés, de forma segura y confiable, aquí.
4. Seleccionar el tipo de marca a registrar.
Los tipos de marcas más comunes son las nominativas, las mixtas y las figurativas. Si desea conocer más información acerca los tipos de marcas, ingrese al siguiente enlace: Tipos de marcas.
5. Diligenciar, pagar y presentar la solicitud de registro.
La solicitud de registro de marca se puede radicar físicamente o en línea. Para acceder al registro es necesario cancelar las tasas oficiales de la SIC, así como los honorarios del abogado que seleccione para realizar el trámite.
Solicite el registro de su marca, a través de abogados expertos en derecho marcario, exfuncionarios de la SIC, aquí.
6. Hacer seguimiento del trámite de registro marcario.
Para vigilar un trámite de registro de marca, se debe ingresar al SIPI y estar atento a las notificaciones electrónicas enviadas por la SIC.
Consulte si su marca está registrada o inicie un proceso de registro de marca:
Los requisitos para registrar una marca en Colombia son:
1. Hacer una búsqueda de antecedentes marcarios, con el fin de verificar que la marca de su interés no esté registrada.
Antes de iniciar el trámite de registro de una marca en Colombia se recomienda realizar una búsqueda de antecedentes fonéticos y/o gráficos, con el fin de conocer si existen obstáculos que impidan su registro.
Para realizar una búsqueda de antecedentes marcarios, de forma segura y confiable, a través de una firma de abogados expertos en registro de marcas, exfuncionarios de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), ingrese aquí:
2. Pagar las tasas oficiales establecidas por la SIC.
Para acceder al trámite de registro de marca, la SIC establece anualmente una tasa oficial.
Para el año 2026 las tasas oficiales de la SIC para el procedimiento de registro de marca en línea son las siguientes:
Solicitud de registro de marca o lema comercial (primera o única clase) $1.348.500 (pesos colombianos).
Solicitud de registro de marca o lema comercial (clase adicional en una misma solicitud) $674.000 (pesos colombianos).
3. Diligenciar el formulario de solicitud de registro de marca.
Para efectos de iniciar el trámite de registro de una marca en Colombia se debe diligenciar un formulario que contiene la siguiente información:
Datos del solicitante de la marca, que puede ser cualquier persona natural o jurídica.
La denominación de la marca a registrar.
La clase de la Clasificación Internacional de Niza a la que pertenecen los productos o servicios a identificar.
La descripción de los productos o servicios a identificar con la marca, en forma detallada.
4. Adjuntar los documentos requeridos por la SIC.
Por último, se hace necesario adjuntar los siguientes documentos.
Recibo de pago de las tasas oficiales.
Arte o logo de la marca a registrar.
Poder de abogado.
Consulte si su marca está registrada o inicie un proceso de registro de marca:
En este artículo usted encontrará información clara y actualizada sobre cuánto cuesta contratar un abogado para registrar una marca.
1. ¿Por qué es recomendable registrar una marca con el apoyo de un abogado?
El registro de una marca implica conocimientos técnicos y jurídicos en materia de propiedad industrial que la mayoría de los empresarios no posee. Si bien la ley no exige que el trámite sea realizado obligatoriamente por un abogado, lo cierto es que contar con asesoría legal especializada resulta altamente aconsejable.
El procedimiento de registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio puede extenderse durante varios meses y comprende etapas complejas, como la atención de requerimientos oficiales, la contestación de oposiciones presentadas por terceros o la interposición de recursos administrativos.
Con frecuencia, nuestra firma recibe consultas de empresarios que intentaron registrar su marca por cuenta propia y se enfrentaron a errores desde fases iniciales del proceso, especialmente al momento de clasificar correctamente los productos o servicios conforme a la Clasificación de Niza.
2. ¿Puede un abogado asegurar que una marca será registrada?
No. Ningún abogado serio puede garantizar el otorgamiento de un registro marcario. En materia de marcas, las obligaciones del abogado son de medio y no de resultado, conforme a las normas que regulan el ejercicio profesional.
Si un profesional le promete que su marca será concedida sin riesgo alguno por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), es muy probable que esté incurriendo en una práctica engañosa.
Las decisiones de la SIC dependen, entre otros factores, de:
i) la normativa vigente,
ii) el criterio del examinador asignado, y
iii) las políticas internas de la Delegatura para la Propiedad Industrial, las cuales pueden variar con el tiempo.
Por esta razón, es fundamental realizar previamente un estudio de antecedentes marcarios con un abogado especializado, lo que permite identificar riesgos, conflictos potenciales y obstáculos que podrían afectar la viabilidad del registro del signo.
3. ¿Cuáles son los honorarios de un abogado para registrar una marca?
Para obtener el registro de una marca, el solicitante debe asumir dos tipos de costos: las tasas oficiales fijadas anualmente por la SIC y los honorarios profesionales del abogado encargado del trámite.
El valor de los honorarios depende, principalmente, de la experiencia, formación y especialización del abogado en derecho de la propiedad intelectual. En términos generales, los honorarios profesionales suelen oscilar entre $1.000.000 y $2.000.000, sin incluir las tasas oficiales.
Debe tenerse especial precaución con ofertas que prometen realizar el registro por valores excesivamente bajos. En nuestra experiencia, este tipo de propuestas suele provenir de firmas sin trayectoria ni respaldo profesional, lo que puede traducirse en errores costosos para el empresario. Por ello, recomendamos evitar este tipo de servicios.
4. ¿Por qué elegirnos para el registro y vigilancia de su marca?
Contamos con más de 20 años de experiencia en propiedad intelectual, incluyendo registro de marcas, patentes y derechos de autor.
Nuestros directivos han adquirido una sólida trayectoria profesional en la Superintendencia de Industria y Comercio, así como en firmas legales de primer nivel y empresas multinacionales.
Nuestro equipo se capacita de manera permanente mediante programas especializados en propiedad industrial impartidos por universidades reconocidas, la OMPI, la USPTO y la OEPM.
Hemos sido reconocidos como una de las mejores firmas de propiedad intelectual en Colombia por Chambers & Partners, el directorio legal más importante a nivel mundial.
También hemos sido destacados por World Trademark Review (WTR) como una de las firmas líderes en registro de marcas en el país.
Estamos avalados por la Cámara de Comercio de Bogotá como consultores y formadores especializados para el fortalecimiento empresarial.
Integramos asociaciones de alto prestigio nacional e internacional, como ASIPI y ACPI.
Consulte si su marca está registrada o inicie un proceso de registro de marca:
En este artículo se explica detalladamente cómo realizar una consulta de las marcas que se encuentran registradas en Colombia.
Antes de registrar una marca es necesario realizar una búsqueda de antecedentes fonéticos y/o gráficos, con el fin de conocer si existen obstáculos, como pueden ser marcas previamente registradas o en trámite, susceptibles de generar riesgo de confusión con el signo de su interés.
Usted podrá consultar directamente la base de datos de marcas registradas o en trámite ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) aquí:
En dicha página web Usted encontrará la base de datos de signos distintivos (marcas, lemas, nombres comerciales, enseñas comerciales y denominaciones de origen) registrados o en trámite en Colombia, cuyo propósito es que los empresarios puedan conocer si el signo de su interés está libre para acceder al registro o consultar el estado actualizado de sus solicitudes en trámite.
Instrucciones para realizar una consulta de marcas registradas en Colombia:
1. Escriba la marca y la clase de productos o servicios que pretende identificar con esta.
Para realizar una búsqueda de antecedentes marcarios correctamente, se debe especificar qué tipo de productos o servicios se pretende identificar con la marca a registrar. La Clasificación Internacional de Niza es un sistema de clasificación de productos y servicios, adoptado por la mayoría de países, que se aplica para el proceso de registro de marca y que le permite especificar, de manera precisa, la cobertura del signo de su interés.
Para conocer la Clasificación Internacional de Niza acceda aquí. Sin embargo, se recomienda usar el buscador de productos y servicios TMclass.
En la mayoría de casos, no es fácil para un empresario clasificar los productos o servicios que se pretende amparar a través del registro de marca. En caso que se le dificulte realizar esta clasificación, nuestros abogados expertos en derecho de la propiedad intelectual, lo asesorarán a través de un servicio personalizado y de primer nivel.
2. Si en el resultado de la búsqueda no aparece registrada la marca de su interés, verifique adicionalmente si existen signos parecidos a ella.
3. Si la marca que desea usar ya está registrada, le recomendamos intentar nuevamente con otras opciones hasta encontrar una disponible.
4. Por último, observe la fecha de vencimiento de la marca que se constituya en un obstáculo frente al signo de su interés, pues cuando una marca se vence su titular habrá perdido cualquier derecho de exclusividad sobre aquella.
Para la mayoría de usuarios es difícil interpretar los resultados arrojados por la base de datos de la SIC, por lo que nuestros abogados expertos en marcas pueden brindarle asesoría en la realización de la búsqueda de antecedentes marcarios, a través de nuestros avanzados sistemas informáticos de comparación de signos.
A partir de los resultados obtenidos, en un lapso no mayor a 24 horas, le entregaremos un completo análisis encaminado a establecer la viabilidad de obtener su marca y las diferentes medidas que se pueden adoptar antes de iniciar la etapa de registro, el cual contiene: i) los principales antecedentes encontrados, ii) un concepto legal de registrabilidad elaborado por un abogado experto en la materia, iii) las probabilidades de obtener el registro de la marca de su interés y iv) la relación de opciones legales subsidiarias para lograr el registro su marca.
Consulte si su marca está registrada o inicie un proceso de registro de marca:
En este artículo le enseñaremos como registrar el nombre de una empresa, a título de marca, para que pueda usarlo de forma exclusiva en el mercado.
En Colombia, es obligatorio matricular toda empresa ante la Cámara de Comercio de su domicilio principal. Sin embargo, ello no es suficiente para gozar de la protección (derecho de uso exclusivo) del nombre de su empresa.
De esta forma, para obtener el derecho de uso exclusivo del nombre de una empresa Usted debe registrar la marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
Los requisitos para registrar el nombre de una empresa (como marca) en Colombia son los siguientes:
1. Realizar una búsqueda de antecedentes marcarios, con el objetivo de verificar que la marca de su interés no esté registrada.
Antes de iniciar el trámite de registro de una marca en Colombia es muy importante realizar una búsqueda de antecedentes fonéticos y/o gráficos, con el fin de conocer si existen obstáculos que impidan su registro.
Para realizar una búsqueda de antecedentes marcarios, de forma segura y confiable, a través de una firma de abogados expertos en registro de marcas en Colombia, ingrese aquí:
2. Pagar las tasas oficiales establecidas por la SIC.
Para acceder al trámite de registro de marca, la SIC fija anualmente una tasa oficial.
Para el año 2026 las tasas oficiales de la SIC para el procedimiento de registro de marca en línea son las siguientes:
Solicitud de registro de marca (primera o única clase) $1.348.500.
Solicitud de registro de marca (clase adicional en una misma solicitud) $674.000.
3. Diligenciar el formulario de solicitud de registro de marca.
Para efectos de iniciar el trámite de registro de una marca en Colombia, se debe diligenciar un formulario que contiene la siguiente información:
Datos del solicitante de la marca, que puede ser cualquier persona natural o jurídica.
La denominación de la marca a registrar.
La clase de la Clasificación Internacional de Niza a la cual pertenecen los productos o servicios a identificar.
La descripción de los productos o servicios a identificar con la marca, en forma detallada.
4. Anexar los documentos requeridos por la SIC.
De la misma forma, se hace necesario adjuntar los siguientes documentos:
Recibo de pago de las tasas oficiales.
Arte o logo de la marca a registrar.
Poder de abogado.
Consulte si su marca está registrada o inicie un proceso de registro de marca:
En este artículo le mostraremos cuánto cuesta registrar una marca en Colombia, ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
En la actualidad (año 2026), registrar una marca en Colombia cuesta $1.348.500 (valor de las tasas oficiales fijadas por la SIC para la solicitud de registro en línea).
El valor por la solicitud de registro de una marca es fijado anualmente por la SIC, entidad gubernamental que establece las tasas oficiales aplicables en materia de propiedad industrial en Colombia.
El costo vigente (tasas oficiales en línea) de una solicitud de registro de marca en Colombia es el siguiente:
Solicitud de registro de marca (primera o única clase) $1.348.500.
Solicitud de registro de marca (clase adicional en una misma solicitud) $674.000.
Con base en lo anterior, cada clase de productos o servicios a proteger es susceptible del pago de tasas oficiales a la SIC. Por tanto, a mayor protección mayor inversión.
Sumado a lo anterior, el empresario deberá cancelar los honorarios del abogado que seleccione para adelantar el proceso de registro de su marca, los cuales dependerán de su experticia en materia de derecho de la propiedad intelectual.
Descuentos aplicables al trámite de registro de marca en Colombia.
La SIC ha fijado descuentos para los solicitantes detallados a continuación:
Artesanos, certificados por Artesanías de Colombia.
Entidades del estado.
Microempresas y pequeñas empresas.
Consulte si su marca está registrada o inicie un proceso de registro de marca:
Si usted desea proteger legalmente un slogan o lema comercial, en esta sección encontrará una explicación completa sobre qué es, cómo se registra y cuáles son sus efectos jurídicos en Colombia.
1. ¿Qué se entiende por slogan?
El slogan es una expresión verbal (palabra, frase o enunciado) que acompaña a una marca con el propósito de reforzar su identidad y aumentar su capacidad de diferenciación en el mercado.
En la legislación colombiana sobre signos distintivos, el slogan recibe la denominación técnica de lema comercial.
Existen múltiples ejemplos ampliamente reconocidos, como: “Connecting people” (Nokia), “Just do it” (Nike), “Impossible is nothing” (Adidas), “El sabor de la nueva generación” (Pepsi), “Think different” (Apple) o “La nuestra” (Colombiana).
2. ¿Ante qué entidad se registra un slogan?
El trámite de registro de un slogan debe realizarse ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
Una vez concedido el registro, el titular obtiene el derecho de uso exclusivo sobre el lema comercial, lo que implica que ningún tercero puede emplearlo sin autorización expresa.
3. ¿Cuál es el procedimiento para registrar un slogan?
El primer paso consiste en efectuar una búsqueda de antecedentes, con el fin de verificar si existen marcas o lemas previamente registrados que puedan impedir el registro solicitado.
Es importante tener en cuenta que el registro del slogan es independiente del registro de la marca. En los últimos años, la SIC ha rechazado solicitudes que pretendían registrar marca y slogan en un solo trámite, al considerar que se trata de signos distintos.
Adicionalmente, la normativa colombiana exige que los lemas comerciales no sean genéricos, descriptivos ni de uso común. Para ser registrables, deben poseer suficiente carácter distintivo y creatividad, permitiendo identificar claramente un origen empresarial específico.
4. ¿Por cuánto tiempo es válido el registro de un slogan?
La vigencia del slogan está directamente vinculada a la de la marca a la cual se asocia. En consecuencia, si la marca vence, por ejemplo, el 16 de septiembre de 2041, el slogan expirará en la misma fecha.
Tanto la marca como el lema comercial pueden renovarse cada diez (10) años, de forma indefinida, siempre que se cumplan los requisitos legales correspondientes.
Consulte si su slogan está registrad o inicie un proceso de registro de slogan (En el campo *Marca a consultar ingrese el slogan que desea registrar):
En este artículo se describen los requisitos, los pasos y el trámite para solicitar un registro de marca en Colombia.
1. ¿Qué es una marca?
Previamente a explicar el procedimiento para el registro de marca se hace necesario definir qué es una marca. Una marca es un signo que permite diferenciar los productos o servicios de una empresa de los de otra.
El registro de una marca le confiere a su titular el derecho a usarla exclusivamente en Colombia.
2. Pasos del registro de marca.
Para iniciar un proceso de registro de marca, es importante llevar a cabo los siguientes pasos:
2.1. Seleccionar el signo para el registro de marca.
El empresario debe seleccionar un signo que se constituya en un buen identificador de los productos o servicios a los que pretenda aplicarse, según sus necesidades.
Es importante anotar que una marca no debe ser genérica, descriptiva o engañosa.
2.2. Revisar las normas vigentes relacionadas con el registro de marca.
Las normas vigentes en Colombia relativas al proceso de registro de marca están contenidas en los artículos 134 y siguientes la Decisión 486 de 2000, así como en la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
2.3. Identificar los productos o servicios que desea proteger a través del registro de marca, de acuerdo con la Clasificación Internacional de Niza.
En el procedimiento de registro de marca se debe especificar qué tipo de productos o servicios se pretende identificar con la marca a registrar. La Clasificación Internacional de Niza es un sistema de clasificación de productos y servicios, adoptado por la mayoría de países, que se aplica para el proceso de registro de marca y que le permite especificar, de manera precisa, la cobertura del signo de su interés.
En atención a las disposiciones de la Clasificación Internacional de Niza, existen 45 clases de productos y servicios. La protección que se otorga a una marca registrada únicamente comprende los productos o servicios detallados al momento de la radicación del trámite de registro de marca, por lo que pueden coexistir dos marcas idénticas en clases de productos o servicios distintas.
Cada clase de productos o servicios a proteger es susceptible del pago de tasas oficiales a la SIC. Por tanto, a mayor protección mayor inversión.
Para conocer la Clasificación Internacional de Niza acceda aquí. Sin embargo, le recomendamos utilizar la herramienta TMclass, que es una ayuda para la búsqueda y clasificación de productos y servicios. Además, es el sistema usado oficialmente por la SIC.
En la mayoría de casos, no es fácil para un empresario clasificar los productos o servicios que se pretende amparar a través del registro de marca. En caso que se le dificulte realizar dicha clasificación, nuestros abogados expertos en marcas están dispuestos a asesorarlo a través de un servicio personalizado y de primer nivel.
2.4. Verificar que la marca de su interés no se encuentre registrada, a través de una búsqueda de antecedentes marcarios.
El registro de una marca no es un trámite automático. Antes de proceder con el registro de marca es recomendable realizar una búsqueda de antecedentes marcarios, con el fin de conocer si existen potenciales obstáculos, como pueden ser marcas previamente registradas o en trámite, susceptibles de generar riesgo de confusión con el signo de su interés; es decir, marcas iguales o similares que identifiquen productos o servicios idénticos o relacionados.
Usted podrá consultar directamente la base de datos de marcas registradas o en trámite ante la SIC a través del SIPI (Sistema de Propiedad Industrial). Sin embargo, para la mayoría de empresarios no es fácil interpretar los resultados que arroja el sistema, por lo que nuestros expertos en propiedad intelectual pueden brindarle asesoría en la realización de dicha búsqueda, a través de nuestros avanzados sistemas informáticos de comparación de signos.
Si está interesado en realizar una búsqueda de la marca de su interés, profesional y confiable, solicite información aquí:
A partir de los resultados obtenidos, en un lapso no mayor a 24 horas, le entregaremos un completo análisis encaminado a establecer la viabilidad de obtener su marca y las diferentes medidas que se pueden adoptar antes de iniciar la etapa de registro, el cual contiene: i) los principales antecedentes encontrados, ii) un concepto legal de registrabilidad elaborado por un abogado experto en la materia y iii) las probabilidades de obtener el registro de la marca de su interés.
2.5. Pago de tasas oficiales.
Para acceder al trámite de registro de marca, la SIC establece anualmente una tasa oficial.
Actualmente (año 2026) las tasas oficiales de la SIC para el procedimiento de registro de marca en línea son las siguientes:
• Solicitud de registro de marca (primera o única clase) $1.348.500 (pesos colombianos). • Solicitud de registro de marca (clase adicional en una misma solicitud) $674.000 (pesos colombianos).
2.6. Diligenciamiento del formulario.
Para efectos de acceder al trámite de registro de maca se debe diligenciar un formulario que contiene la siguiente información:
• Datos completos del solicitante: Nombre o razón social, documento de identificación, dirección, teléfono, e-mail, país, departamento y ciudad. Se resalta que el solicitante puede ser cualquier persona natural o jurídica. • La denominación de la marca a registrar. • La clase de la Clasificación Internacional de Niza a la cual pertenecen los productos o servicios a identificar. • La descripción clara de los productos o servicios a identificar, en forma detallada. Además, el petitorio o formulario de registro de marca deberá ir acompañado de los siguientes documentos: • Recibo de pago de las tasas oficiales. • Arte o logo de la marca a registrar. • Poder de abogado. Cabe anotar que la firma del poder no requiere de autenticación ante notario ni tampoco de legalización o apostille.
3. Etapas del procedimiento de registro de marca.
Las etapas del proceso de registro de marca son las siguientes:
3.1. Presentación de la solicitud de registro de marca.
La solicitud de registro de marca debe radicarse ante la SIC, a través del formulario antes expuesto. Una vez la solicitud de registro de marca es radicada ésta cuenta con un derecho de prioridad, desde la fecha y hora de su presentación, frente a solicitudes de registro de marca posteriores.
3.2. Examen de forma de la solicitud de registro de marca.
Dentro de los 15 días contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de registro de marca, la SIC realiza un examen formal en el que verifica que ésta haya sido presentada de forma correcta.
En caso de que la solicitud de registro de marca presente un error de forma, la SIC proferirá un requerimiento oficial, que se da a conocer a través del SIPI. Si no se da respuesta al mismo, subsanando los errores de forma advertidos por la entidad, la solicitud de registro de marca será declarada como abandonada.
3.3. Publicación de la solicitud de registro de marca.
Si la solicitud de registro de marca reúne los requisitos formales establecidos en la Decisión 486 de 2000, la SIC ordenará su publicación en la Gaceta de la Propiedad Industrial, con el fin de que, dentro del plazo de treinta días hábiles siguientes a la fecha de dicha publicación, quien tenga legítimo interés, presente, por una sola vez, oposición fundamentada que pueda desvirtuar el registro de la marca.
3.4. Oposiciones de terceros en un trámite de solicitud de registro de marca.
En caso de que se hubiere presentado oposición, la SIC notifica al solicitante, a través del SIPI, para que dentro de los treinta días siguientes haga valer sus argumentaciones y presente pruebas, si lo estima conveniente.
3.5. Examen de fondo de la solicitud de registro de marca.
Se hubiesen presentado oposiciones o no, la SIC procederá a realizar el examen de registrabilidad concediendo o negando el registro de la marca mediante resolución, la cual, en caso de ser negada, es susceptible del recurso de apelación ante el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial.
En caso de que el registro de marca sea concedido, la SIC expedirá el título o certificado de registro que lo acredita como propietario de su marca.
Un registro de marca tiene una vigencia de 10 años contados a partir de la fecha de la concesión de la misma.
4. ¿Por qué efectuar el trámite de registro de marca a través de un abogado?
Aun cuando no es obligatorio que el proceso de registro de marca sea adelantado por un abogado sí es lo más recomendable, toda vez que el trámite de registro de marca es un procedimiento que dura varios meses (entre 10 y 12), dentro de los cuales se surten etapas que pueden considerarse como de mediana o alta complejidad para empresarios que no tengan preparación en aspectos legales de propiedad industrial, tales como la contestación de requerimientos oficiales o demandas de oposición.
Además, todas las actuaciones que se surten dentro del trámite de registro de marca se notifican a través del SIPI o mediante correo electrónico, lo cual implica el riesgo de que su solicitud sea declarada abandonada o incluso negada por desconocimiento de los plazos para dar respuesta a requerimientos u oposiciones.
4.1. ¿Un abogado puede garantizar la obtención del registro de una marca?
No, de ninguna manera. Los compromisos de un abogado en temas marcarios, según la norma que regula su profesión, son de medios y no resultados. De esta forma, si un abogado le garantiza que su marca será registrada efectivamente por la Superintendencia de Industria y Comercio, probablemente, le esté engañando.
En efecto, las decisiones de la Superintendencia de Industria y Comercio, al conceder o negar una marca, dependen de: i. Las leyes aplicables, ii. El criterio del funcionario examinador, y iii. Las directrices globales de la Delegatura para la Propiedad Industrial, las cuales son dinámicas.
Con base en lo anterior, siempre es recomendable realizar una búsqueda de antecedentes marcarios, a través de un abogado experto en registro de marcas, con lo cual es posible conocer los principales obstáculos y/o riesgos del signo su interés al ser solicitado.
Consulte si su marca está registrada o inicie un proceso de registro de marca:
En este artículo encontrará una guía clara y práctica para solicitar el registro de una marca en todos los países de América Latina y el Caribe, de forma ágil y eficiente.
Registrar una marca en los países de Latinoamérica constituye una decisión estratégica clave para salvaguardar la identidad comercial de empresas en proceso de expansión y fortalecer su presencia en mercados regionales.
En primer lugar, es fundamental señalar que no existe un sistema único de registro de marcas que otorgue protección automática en todos los países de América Latina, a diferencia de lo que ocurre en otras regiones, como la Unión Europea.
A través de nuestra empresa y con el respaldo de expertos en propiedad intelectual, usted podrá gestionar el registro de su marca en todos los países de América Latina y el Caribe de manera centralizada, mediante una sola firma de abogados especializada.
Debe tenerse en cuenta que cada país cuenta con su propia normativa en materia de marcas, así como con requisitos formales y procedimientos administrativos específicos. En consecuencia, los plazos, costos y etapas del proceso varían según la jurisdicción. No obstante, de forma general, el trámite de registro de una marca suele tener una duración promedio que oscila entre 8 meses y 2 años, dependiendo de factores como la eficiencia de la oficina de propiedad industrial correspondiente.
Nuestra firma se encargará de organizar toda la información de su empresa mediante un único poder y asumirá la gestión integral de notarizaciones, legalizaciones, apostillas, conversiones de moneda y comisiones bancarias en cada país.
Para su comodidad en las transacciones a nuestra firma, tenemos a su disposición los siguientes medios de pago:
Cuenta bancaria en Colombia.
Cuenta bancaria en los Estados Unidos de América.
Tarjeta de crédito.
PayPal.
Zelle.
A continuación, le presentamos los precios correspondientes a la búsqueda y/o al registro de marcas en los países de América Latina y el Caribe para el año 2026:
*Nuestros precios incluyen honorarios profesionales, tasas oficiales e impuestos.
CENTROAMÉRICA Y NORTEAMÉRICA
Costa Rica
• Búsqueda de marca (Multiclase): USD 104
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1119
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 714
El Salvador
• Búsqueda de marca (Por clase): USD 248
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1170
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 875
Guatemala
• Búsqueda de marca (Multiclase): USD 104
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1107
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 928
Honduras
• Búsqueda de marca (Por clase): USD 200
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1238
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 1059
México
• Búsqueda de marca (Multiclase): USD 104
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1148
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 970
Nicaragua
• Búsqueda de marca (Por clase): USD 242
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1198
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 726
Panamá
• Búsqueda de marca (Por clase): USD 259
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1178
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 904
República Dominicana
• Búsqueda de marca (Multiclase): USD 104
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1214
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 893
SUDAMÉRICA
Argentina
• Búsqueda de marca (Multiclase): USD 104
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1083
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 869
Bolivia
• Búsqueda de marca (Multiclase): USD 104
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1369
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 1131
Brasil
• Búsqueda de marca (Multiclase): USD 104
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1357
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 1119
Colombia
• Búsqueda de marca (Multiclase): USD 104
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 888
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 444
Chile
• Búsqueda de marca (Multiclase): USD 104
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1210
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 800
Ecuador
• Búsqueda de marca (Por clase): USD 224
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1259
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 1081
Paraguay
• Búsqueda de marca (Multiclase): USD 104
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1273
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 1035
Perú
• Búsqueda de marca (Multiclase): USD 104
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1297
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 1023
Uruguay
• Búsqueda de marca (Multiclase): USD 104
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1392
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 881
Venezuela
• Búsqueda de marca (Multiclase): USD 104
• Solicitud de registro (Primera clase): USD 1535
• Solicitud de registro (Cada clase adicional): USD 1357
Si está interesado(a) en consultar si su marca se puede registrar en uno o varios países de Latinoamérica, diligencie el siguiente formulario: